SAP Sevilla 69/2009, 9 de Febrero de 2009

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Resumen


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Frases clave


Los argumentos que ofrece para oponerse a la publicación de la Sentencia en esos medios son enormemente débiles y resultan ineficaces para convencer al Tribunal de la innecesariedad de la publicación de la Sentencia. Por el contrario consideramos indispensable la publicación de la Sentencia en los medios en los que se emitió la publicidad para evitar que se perpetúen los perniciosos efectos para los intereses colectivos y difusos de una publicidad engañosa, que puede inducir a error a sus destinatarios, pudiendo afectar a su comportamiento económico. Es preciso que llegue a los consumidores, por el mismo medio por el que la publicidad se difundió, que la información publicitaria recibida era confusa, engañosa e ilícita al omitir las condiciones fundamentales de los préstamos y la identidad de las entidades de crédito financiadoras.

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