DECRETO SUPREMO, Nº 038-2016-EM, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - Establecen cronograma para la comercialización y uso de Diesel B5 con un contenido de azufre no mayor a 50 PPM-DECRETO SUPREMO-Nº 038-2016-EM
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DECRETO SUPREMO, Nº 038-2016-EM, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - Establecen cronograma para la comercialización y uso de Diesel B5 con un contenido de azufre no mayor a 50 PPM-DECRETO SUPREMO-Nº 038-2016-EM
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Documentos citados
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- Decreto Ley Nº 25629: Restablecen la Vigencia del Art. 19° del D.leg. N°701 y del Art.44° del D.leg. N°716, Derogados por el Art. 2° de la Ley N° 25399
- Ley número 28694 - Ley que regula el contenido de azufre en el combustible Diésel
- Constitución Política del Perú de 1993 - Artículo 118