Sentencia de Constitucionalidad nº 980/10 de Corte Constitucional, 1 de Diciembre de 2010
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Afectaciones
DECLARA EXEQUIBLE
- Ley 1383 de 2010, por la cual se reforma la Ley 769 de 2002 - Código Nacional de Tránsito, y se dictan otras disposiciones. -- expresión "Para el servicio además se enviará por correo dentro de los tres (3) días hábiles siguientes copia del comparendo al propietario del vehiculo, a la empresa a la cual se encuentra vinculado y a la Superintendencia de Puertos y Transporte para lo de su competencia", prevista en el inciso tercero del artículo 22; expresión "En tal caso se enviará por correo dentro de los tres (3) días hábiles siguientes la infracción y sus soportes al propietario, quien estará obligado al pago de la multa", prevista en el inciso quinto del artículo 22 - Artículos : 22.tercer inciso 22.quinto inciso
Documentos citados
- Código penal (Ley 599 de 2000) - Artículos 1, 2
- Código nacional de tránsito terrestre (Ley 769 de 2002) - Artículos 22, 129, 135
- Código de procedimiento civil. (Decreto 1400 de 1970) - Artículo 315
- Código Contencioso Administrativo(Decreto 1 de 1984) - Artículo 44
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 2, 6, 13, 29, 74, 150, 209, 228, 241, 242