Sentencia de Constitucionalidad nº 218/15 de Corte Constitucional, 22 de Abril de 2015
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DECLARA EXEQUIBLE
- Plan Nacional de Desarrollo, 2010-2014. (Ley 1450 de 2011) -- salvo la expresión "y/o inversión" del inciso primero del artículo 89 que se declara INEXEQUIBLE - Artículos : 89.inciso primero
DECLARA INEXEQUIBLE
- Plan Nacional de Desarrollo, 2010-2014. (Ley 1450 de 2011) -- expresión "y/o inversión" del inciso primero del artículo 89 - Artículos : 89.inciso primero 89.inciso segundo
Documentos citados
- Código penal (Ley 599 de 2000) - Artículos 13, 363
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 4, 13, 58, 95, 241, 242, 243, 278, 334, 338, 363
- Resolución 0006, por la cual se establece la metodología que se aplicará para el establecimiento de las tasas de vigilancia que les corresponde pagar a los Puertos Marítimos, titulares de autorizaciones y demás sujetos de vigilancia de la Superintendencia de Puertos y Transporte de conformidad con la ley. - Artículo 1
- Resolución 010900, por la cual se define el monto que por concepto de Tasa de Vigilancia le corresponde pagar a las Sociedades Portuarias, los Operadores Portuarios, Embarcaderos, Titulares de autorizaciones obtenidos con anterioridad a la Ley 1ª de 1991 y demás autorizados, para la vigencia fiscal del año 2003.
- Resolución 004001, por la cual se define el monto que por concepto de Tasa de Vigilancia les corresponde pagar a las Sociedades Portuarias, los Operadores Portuarios, Embarcaderos, Titulares de autorizaciones obtenidos con anterioridad a la Ley 1ª de 1991 y demás autorizados, para la vigencia fiscal del año 2004.