SAP Asturias 217/1998, 29 de Abril de 1998
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Resumen
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Frases clave
“ el art. 37 de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados únicamente prevé la pérdida de fuerza ejecutiva para las letras de cambio y no para los pagarés, sin que quepa una interpretación analógica o extensiva de la norma para otros supuestos, vedada en el ámbito fiscal por el art. 24 de la Ley General Tributaria , que viene a imponer el criterio restrictivo en su aplicación, ”
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Extracto
SAP Asturias 217/1998, 29 de Abril de 1998
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Documentos citados
- Ley Cambiaria y del Cheque (Ley 19/1985, de 16 de julio) - Artículos 67, 96
- Ley General Tributaria (Ley 230/1963, de 28 de diciembre) - Artículo 24
- Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre) - Artículo 37
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 67, 1467, 1474