STS 1230/2006, 1 de Diciembre de 2006
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Resumen
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Frases clave
“ Esta Sala -confrontar Sentencias 612/2001, de 29 de marzo, 1472/2001 de 11 de julio y 148/2002, de 7 de febrero - tiene declarado que el error en el golpe o aberratio ictus, consecuencia de una falta de acierto en la dirección del ataque, bien por falta de puntería o porque un tercero se interpone en la trayectoria,resulta irrelevante o intrascendente si existe identidad en el bien jurídico protegido. ”
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Extracto
STS 1230/2006, 1 de Diciembre de 2006
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 2, 62, 70, 77, 138, 142
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 849, 850, 851
- STC 149/1987, 30 de Septiembre de 1987