STS 1230/2006, 1 de Diciembre de 2006

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Frases clave


Esta Sala -confrontar Sentencias 612/2001, de 29 de marzo, 1472/2001 de 11 de julio y 148/2002, de 7 de febrero - tiene declarado que el error en el golpe o aberratio ictus, consecuencia de una falta de acierto en la dirección del ataque, bien por falta de puntería o porque un tercero se interpone en la trayectoria,resulta irrelevante o intrascendente si existe identidad en el bien jurídico protegido.

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STS 1230/2006, 1 de Diciembre de 2006

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