STS, 24 de Junio de 1996
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Frases clave
“ que, para que un derecho adquirido pueda considerarse existente, dentro de una relación intertemporal o de sucesión de normas, tiene que haberse producido la consolidación de una situación jurídica bajo el imperio del ordenamiento anterior, y que la consolidación de un derecho requiere la concurrencia de cuantos requisitos sean necesarios para el perfeccionamiento del acto, según las exigencias de la anterior normativa. ”
Extracto
STS, 24 de Junio de 1996
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Documentos citados
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículos 25, 217, 226, 233
- Código Civil - Artículo 3
- Ley 39/1992, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del estado para 1993.
- Real Decreto por el que se Integra en el Régimen General de la Seguridad Social el de los Funcionarios de la Administración local (Real Decreto 480/1993, de 2 de abril) - Artículo 2
- Ley 11/1960, de 12 de mayo, sobre creación de la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local. - Artículo 10