Orden de 19 de mayo de 1995 por la que se desarrolla el Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, por el que se regula el sistema general de reconocimiento de los títulos de Enseñanza Superior de los Estados miembros de la Unión Europea que exigen una formación mínima de tres años de duración, en lo que afecta a las profesiones de Economista, Actuario de Seguros, Diplomado en Ciencias Empresariales, Profesor Mercantil, Auditor de Cuentas y Habilitado de Clases Pasivas.
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Orden de 19 de mayo de 1995 por la que se desarrolla el Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, por el que se regula el sistema general de reconocimiento de los títulos de Enseñanza Superior de los Estados miembros de la Unión Europea que exigen una formación mínima de tres años de duración, en lo que afecta a las profesiones de Economista, Actuario de Seguros, Diplomado en Ciencias Empresariales, Profesor Mercantil, Auditor de Cuentas y Habilitado de Clases Pasivas.
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Afectaciones
IMPLEMENTA
DESARROLLA
Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Artículos 38, 71
- Ley de Auditoría de Cuentas (Ley 19/1988, de 12 de julio)
- Reglamento que desarrolla la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas (Real Decreto 1636/1990, de 20 de diciembre)
- Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, </strong>por el que<strong> se regula el Sistema general de reconocimiento de los Titulos de enseñanza superior de los Estados miembros de la Comunidad económica europea que exigen una formación mínima de tres años de Duracion. - Artículo 1
- Council Directive of 21 December 1988 on a general system for the recognition of higher-education diplomas awarded on completion of professional education and training of at least three years' duration (89/48/EEC)