Sentencia de Constitucionalidad nº 855/05 de Corte Constitucional, 17 de Agosto de 2005
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Resumen
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DECLARA EXEQUIBLE
- Decreto 1295 de 1994, por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales -- expresiones ''La calificación del origen del accidente de trabajo o de la enfermedad profesional será calificado, en primera instancia por la institución prestadora de servicios de salud que atiende al afiliado'', ''El médico o la comisión laboral de la entidad administradora de riesgos profesionales determinará el origen, en segunda instancia'' y ''Cuando surjan discrepancias en el origen, estas serán resueltas por una junta integrada por representantes de las entidades administradoras, de salud y de riesgos profesionales'' - Artículos : 12.segundo inciso 12.tercer inciso 12.cuarto inciso
Documentos citados
- Código penal (Ley 599 de 2000) - Artículos 13, 48, 242
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 13, 35, 150, 241
- Sentencia de Constitucionalidad nº 004/92 de Corte Constitucional, 7 de Mayo de 1992
- Sentencia de Constitucionalidad nº 221/92 de Corte Constitucional, 29 de Mayo de 1992
- Sentencia de Tutela nº 422/92 de Corte Constitucional, 19 de Junio de 1992