Sentencia de Constitucionalidad nº 292/02 de Corte Constitucional, 23 de Abril de 2002
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Resumen
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DECLARA EXEQUIBLE
- Código de procedimiento civil. (Decreto 1400 de 1970) -- expresión "Lo dispuesto en este artículo no se aplica a los procesos en que sea parte la Nación; una institución financiera nacionalizada, un departamento,... un distrito especial o un municipio", contenida en el artículo 346, inciso sexto; expresión "En los procesos de ejecución podrá pedirse, en vez de la perención, que se decrete el desembargo de los bienes perseguidos,... Los bienes desembargados no podrán embargarse de nuevo en el mismo proceso, antes de un año", del inciso séptimo del artículo 346 - Artículos : 346.inciso sexto 346.inciso séptimo
DECLARA INEXEQUIBLE
- Código de procedimiento civil. (Decreto 1400 de 1970) -- expresión "una intendencia, una comisaría", contenida en el artículo 346, inciso sexto - Artículos : 346.inciso sexto
Documentos citados
- Código penal (Ley 599 de 2000) - Artículos 13, 241, 309
- Código de procedimiento civil. (Decreto 1400 de 1970) - Artículos 2, 346, 347
- Código Contencioso Administrativo(Decreto 1 de 1984)
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 1, 2, 13, 243
- Sentencia de Constitucionalidad nº 918/01 de Corte Constitucional, 29 de Agosto de 2001