Sentencia de Constitucionalidad nº 1319/00 de Corte Constitucional, 27 de Septiembre de 2000
Enlazado como:
Resumen
No longer available (Autolink)
No longer available (autolink)Afectaciones
DECLARA EXEQUIBLE
- Régimen De Reactivación Empresarial y Reestructuración De Los Entes Territoriales (Ley 550 de 1999) -- expresión "en los demás casos ante la Cámara de Comercio con jurisdicción en el domicilio principal del respectivo empresario, societario o no.", contenida en el inciso 4° del artículo 6°; "o la Cámara de Comercio, según sea el caso" contenida en el inciso 1° del artículo 7°; "y en las Cámaras de Comercio" del parágrafo 3° del artículo 7 - Artículos : 2.9 3.4 6.inciso 4 7.inciso 1 7.parágrafo 3 58.6 42
DECLARA INEXEQUIBLE
- Régimen De Reactivación Empresarial y Reestructuración De Los Entes Territoriales (Ley 550 de 1999) -- expresiones "pactos colectivos" contenida en el primer inciso de dicha disposición y "En ausencia de sindicato, si se llega a un mismo convenio con un número plural de trabajadores igual o superior a las dos terceras partes del total de los trabajadores de la empresa, sus términos se extenderán también a los demás trabajadores de la misma", contenidas en el segundo inciso del art. 42 - Artículos : 42.segundo inciso
Documentos citados
- Código Sustantivo del Trabajo - Artículos 467, 480, 481
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 1, 2, 25, 39, 53, 54, 55, 116, 209, 241, 242, 287, 294, 334, 335, 365
- Sentencia de Constitucionalidad nº 478/92 de Corte Constitucional, 6 de Agosto de 1992
- Sentencia de Constitucionalidad nº 009/94 de Corte Constitucional, 20 de Enero de 1994
- Sentencia de Constitucionalidad nº 514/95 de Corte Constitucional, 14 de Noviembre de 1995