Sentencia de Constitucionalidad nº 664/00 de Corte Constitucional, 8 de Junio de 2000
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Afectaciones
DECLARA EXEQUIBLE
- Código de procedimiento civil. (Decreto 1400 de 1970) -- expresión normativa "Si el pago de la obligación a cargo del deudor se hubiere pactado en diversos instalamentos, en la demanda podrá pedirse el valor de todos ellos, en cuyo caso se harán exigibles los no vencidos", contenida en el artículo 554 - Artículos : 554
Documentos citados
- Código de procedimiento civil. (Decreto 1400 de 1970) - Artículos 1, 554, 555, 556
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 29, 42, 51, 241
- Código Civil (Ley 57 de 1887) - Artículos 1546, 1602
- Sentencia de Constitucionalidad nº 192/96 de Corte Constitucional, 8 de Mayo de 1996
- Sentencia de Constitucionalidad nº 383/97 de Corte Constitucional, 19 de Agosto de 1997