Sentencia de Constitucionalidad nº 534/00 de Corte Constitucional, 10 de Mayo de 2000
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Resumen
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DECLARA EXEQUIBLE
- Decreto 2067 de 1991, por el cual se dicta el régimen procedimental de los juicios y actuaciones que deban surtirse ante la Corte Constitucional -- frase "y el magistrado sustanciador dispondrá de seis días contados a partir del término del P. para rendir concepto", contenida en el artículo 32, frase "El P. General de la Nación rendirá concepto dentro de los seis días siguientes al registro de las objeciones", contenida en el artículo 32, frase "La Corte decidirá dentro de los seis días siguientes a la presentación de la ponencia del magistrado sustanciador", contenida en el artículo 32 - Artículos : 32
Documentos citados
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 1, 2, 10, 29, 32, 40, 90, 167, 212, 213, 215, 237, 242
- Sentencia de Constitucionalidad nº 513/92 de Corte Constitucional, 10 de Septiembre de 1992
- Sentencia de Constitucionalidad nº 003/93 de Corte Constitucional, 14 de Enero de 1993
- Sentencia de Constitucionalidad nº 105/93 de Corte Constitucional, 11 de Marzo de 1993
- Sentencia de Constitucionalidad nº 113/93 de Corte Constitucional, 25 de Marzo de 1993