Sentencia de Constitucionalidad nº 369/00 de Corte Constitucional, 29 de Marzo de 2000
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Resumen
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DECLARA INEXEQUIBLE
- Ley 488 de 1998, por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones fiscales de las entidades territoriales -- expresión normativa "Lo previsto en este artículo no será aplicable en relación con los impuestos sobre las ventas que hubieren sido cancelados con anterioridad a la vigencia de la presente ley, los cuales no serán objeto de devolución o compensación", contenida en el inciso final del artículo 64 - Artículos : 64.inciso final
Documentos citados
- Código Contencioso Administrativo(Decreto 1 de 1984) - Artículo 178
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 4, 13, 95, 150, 241, 338, 363
- Sentencia de Constitucionalidad nº 040/93 de Corte Constitucional, 11 de Febrero de 1993
- Sentencia de Constitucionalidad nº 149/93 de Corte Constitucional, 22 de Abril de 1993
- Sentencia de Constitucionalidad nº 270/93 de Corte Constitucional, 13 de Julio de 1993