Sentencia de Constitucionalidad nº 445/98 de Corte Constitucional, 26 de Agosto de 1998
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DECLARA INEXEQUIBLE
- Código penal militar(Ley 522 de 1999) -- expresiones "...incurrirá en prisión de dos (2) a diez (10) años y multa de un mil a quinientos mil pesos e interdicción de derechos y funciones públicas de uno (1) a cinco (5) años", contenidas en el artículo 189; "ni de peculado" contenida en el numeral 3º del artículo 62 - Artículos : 189 189.inciso final 62.3
Documentos citados
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículo 241
- Sentencia de Constitucionalidad nº 008/94 de Corte Constitucional, 20 de Enero de 1994
- Sentencia de Constitucionalidad nº 358/97 de Corte Constitucional, 5 de Agosto de 1997
- Sentencia de Constitucionalidad nº 561/97 de Corte Constitucional, 6 de Noviembre de 1997
- Estatuto de anticorrupción administrativa (Ley 190 de 1995) - Artículos 19, 20