Sentencia de Constitucionalidad nº 194/98 de Corte Constitucional, 7 de Mayo de 1998
Enlazado como:
Resumen
No longer available (Autolink)
No longer available (autolink)Afectaciones
DECLARA EXEQUIBLE
- Ley 383/1997, por la cual se expiden normas tendientes a fortalecer la lucha contra la evasión y el contrabando, y se dictan otras disposiciones. -- 15,16,17,18,19,20,21,51.1
- Ley 56 de 1981, por la cual se dictan normas sobre obras públicas de generación eléctrica, y acueductos, sistemas de regadío y otras y se regulan las expropiaciones y servidumbres de los bienes afectados por tales obras -- expresiones "Las entidades propietarias pagarán a los municipios los impuestos, tasas, gravámenes o contribuciones de carácter municipal diferentes del impuesto predial, únicamente a partir del momento en que las obras entren en operación o funcionamiento y dentro de las siguientes limitaciones: a) Las entidades propietarias de obras para generación de energía eléctrica, podrán ser gravadas con el impuesto de industria y comercio", contenidas en el artículo 7 - Artículos : 7
DECLARA INEXEQUIBLE
Documentos citados
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 1, 2, 4, 6, 13, 16, 20, 21, 25, 26, 28, 29, 34, 58, 83, 113, 116, 133, 150, 152, 158, 189, 228, 241, 250, 251, 294, 338
- Sentencia de Constitucionalidad nº 510/92 de Corte Constitucional, 3 de Septiembre de 1992
- Sentencia de Constitucionalidad nº 013/93 de Corte Constitucional, 21 de Enero de 1993
- Sentencia de Constitucionalidad nº 214/94 de Corte Constitucional, 28 de Abril de 1994
- Sentencia de Constitucionalidad nº 389/94 de Corte Constitucional, 1 de Septiembre de 1994