Sentencia de Constitucionalidad nº 115/98 de Corte Constitucional, 25 de Marzo de 1998
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Afectaciones
DECLARA EXEQUIBLE
- Código Contencioso Administrativo(Decreto 1 de 1984) -- expresión "La de reparación directa caducará al vencimiento del plazo de dos (2) años contados a partir del acaecimiento del hecho, omisión u operación administrativa", contenida en el inciso cuarto del artículo 136 - Artículos : 136.inciso 4
Documentos citados
- Código Contencioso Administrativo(Decreto 1 de 1984) - Artículo 136
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 13, 90, 94, 209, 228, 229, 241
- Sentencia de Constitucionalidad nº 165/93 de Corte Constitucional, 29 de Abril de 1993
- Sentencia de Constitucionalidad nº 351/94 de Corte Constitucional, 4 de Agosto de 1994
- Sentencia de Constitucionalidad nº 418/94 de Corte Constitucional, 22 de Septiembre de 1994