Sentencia de Constitucionalidad nº 106/97 de Corte Constitucional, 6 de Marzo de 1997
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Resumen
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DECLARA EXEQUIBLE
- Ley de Derechos de Autor (Ley 23 de 1982) -- expresión "es entendido que el trabajo o servicio del médico sólo lo beneficiará a él y a quien lo reciba. Nunca a terceras personas que pretendan explotarlo comercial o políticamente", contenida en el artículo 1o numeral 7 - Artículos : 10.7
Documentos citados
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 25, 48, 49, 241
- Sentencia de Tutela nº 236/96 de Corte Constitucional, 28 de Mayo de 1996
- Régimen de la Seguridad Social. (Ley 100 de 1993) - Artículos 177, 179
- Ley de Derechos de Autor (Ley 23 de 1982) - Artículo 1
- Código de Ética Médica. (Ley 23 de 1981). - Artículos 1, 22, 43