Sentencia de Constitucionalidad nº 374/95 de Corte Constitucional, 24 de Agosto de 1995
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Afectaciones
DECLARA INEXEQUIBLE
- Régimen de los servicios públicos domiciliarios (Ley 142 de 1994) -- expresión "mientras las empresas no hagan uso de la autorización que se concede en el inciso siguiente" que forma parte del segmento normativo 27.4 del art. 27 - Artículos : 27.4
Documentos citados
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 40, 241, 267, 272
- Ley de la Organización del Sistema de Control Fiscal Financiero. (Ley 42 de 1993)
- Contraloría General de la República (Ley 106 de 1993)
- Régimen de los servicios públicos domiciliarios (Ley 142 de 1994) - Artículo 27
- Decreto 2067 de 1991, por el cual se dicta el régimen procedimental de los juicios y actuaciones que deban surtirse ante la Corte Constitucional