Sentencia de Constitucionalidad nº 352/95 de Corte Constitucional, 9 de Agosto de 1995
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Afectaciones
DECLARA EXEQUIBLE
- Código Civil (Ley 57 de 1887) -- expresión "los hijos de éstos", contenida en el artículo 1040 - Artículos : 1051.inciso 1 1040
Documentos citados
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 13, 40, 58, 241, 242
- Código Civil (Ley 57 de 1887) - Artículos 1040, 1049, 1051
- Ley 29 de 1982, por el cual se otorga igualdad de derechos herenciales los hijos legítimos, extramatrimoniales y adoptivos y se hacer los correspondientes ajustes a los diversos órdenes hereditarios - Artículos 2, 3, 8
- Ley 153 de 1887, por la cual se adiciona y reforma los códigos nacionales, la ley 61 de 1886 y la 57 de 1887 - Artículo 87
- Decreto 2067 de 1991, por el cual se dicta el régimen procedimental de los juicios y actuaciones que deban surtirse ante la Corte Constitucional - Artículo 7