Sentencia de Constitucionalidad nº 069/94 de Corte Constitucional, 23 de Febrero de 1994
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DECLARA EXEQUIBLE
- Estatuto nacional contra el secuestro (Ley 40 de 1993) -- expresiones "prescindirse de la imposición de las penas o de la ejecución de aquella que se hubiere impuesto", y "podrá ordenarse o solicitarse la preclusión o la cesación de procedimiento por parte del F. General de la Nación", correspondientes al inciso segundo del art. 17 - Artículos : 17.inciso segundo 34
DECLARA INEXEQUIBLE
- Estatuto nacional contra el secuestro (Ley 40 de 1993) -- expresiones "o exonere al sentenciado de su ejecución", del art. 17; "gubernamentales y judiciales" y la parte que dice: "así como el comportamiento de autoridades y jueces en relación con sus obligaciones frente a este delito" del art. 34 - Artículos : 17.inciso tercero 34
Documentos citados
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 2, 5, 11, 12, 13, 22, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 42, 44, 58, 94, 95, 98, 113, 121, 136, 150, 158, 159, 241, 242, 250, 251, 277, 278, 334, 355
- Sentencia de Constitucionalidad nº 052/93 de Corte Constitucional, 18 de Febrero de 1993
- Sentencia de Constitucionalidad nº 171/93 de Corte Constitucional, 3 de Mayo de 1993
- Sentencia de Constitucionalidad nº 275/93 de Corte Constitucional, 16 de Julio de 1993
- Sentencia de Constitucionalidad nº 565/93 de Corte Constitucional, 7 de Diciembre de 1993