Sentencia de Constitucionalidad nº 429/93 de Corte Constitucional, 7 de Octubre de 1993
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DECLARA EXEQUIBLE
- Código Procedimiento Laboral y de la Seguridad Social. (Decreto-Ley 2158 de 1948) -- frases "y no dictará sentencia mientras no se haya cumplido el emplazamiento" (inciso 2o.), y, "y procederá al emplazamiento como queda previsto en el inciso anterior" (inciso 3o.), del artículo 29; "Los incidentes sólo podrán proponerse en la primera audiencia de trámite" del artículo 37 - Artículos : 29.inciso 2 29.inciso 3 37
Documentos citados
- Código Procedimiento Laboral y de la Seguridad Social. (Decreto-Ley 2158 de 1948) - Artículos 3, 29, 37
- Código de procedimiento civil. (Decreto 1400 de 1970) - Artículos 8, 9, 37, 45, 46, 317, 388, 389, 390
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 29, 37, 121, 145, 228, 241, 242, 278
- Decreto 2067 de 1991, por el cual se dicta el régimen procedimental de los juicios y actuaciones que deban surtirse ante la Corte Constitucional - Artículos 7, 11