Sentencia de Constitucionalidad nº 739/08 de Corte Constitucional, 23 de Julio de 2008

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Afectaciones


DECLARA EXEQUIBLE

  • Ley 1151 de 2007, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010. -- expresión ''87.9 Las entidades públicas podrán aportar bienes o derechos a las empresas de servicios públicos domiciliarios, siempre y cuando su valor no se incluya en el cálculo de las tarifas que hayan de cobrarse a los usuarios y que en el presupuesto de la entidad que autorice el aporte figure este valor'', contenida en el artículo 143 - Artículos : 143

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