Sentencia de Constitucionalidad nº 889/12 de Corte Constitucional, 30 de Octubre de 2012

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Afectaciones


DECLARA INEXEQUIBLE

DECLARA EXEQUIBLE

  • Reglamento Nacional Taurino (Ley 916 de 2004) -- expresiones "La celebración de espectáculos taurinos requerirá la previa comunicación al órgano administrativo competente o, en su caso, la previa autorización del mismo en los términos previstos en este reglamento."; "en plazas permanentes bastará únicamente, en todo caso, con la mera comunicación por escrito. En las plazas no permanentes"; y "La comunicación", contenidas en el artículo 14, "o comunicación", contenida en el artículo 15 - Artículos : 14 15 17 18 19

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