STS, 29 de Octubre de 2012
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Resumen
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Frases clave
“ La jurisprudencia ha tenido en cuenta que las formas del derecho de sociedades no pueden operar para encubrir una realidad económica de relevancia penal y por ello ha admitido que los Tribunales pueden correr el velo tendido por una sociedad para tener conocimiento de la titularidad real de los bienes y créditos que aparecen formalmente en el patrimonio social. Pero estas afirmaciones no pueden separarse del supuesto de hecho al que afectan, y se conforma a través de una serie de falsedades documentales tanto en documento oficial como mercantil y la utilización de personas interpuestas aún con su desconocimiento. En caso que nos ocupa todas las actuaciones analizadas de manera aislada son legales y lícitas y acogidas a regímenes legales en vigor. Todas las actuaciones han sido declaradas a la Hacienda Pública y tributadas en la proporción que corresponde. Así se ha optado por el régimen fiscal más ventajoso, habiéndose diferido en el tiempo la tributación y ello porque la legislación así lo permitía. ”
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Extracto
STS, 29 de Octubre de 2012
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículo 349
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículo 88
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículo 116
- Ley General Tributaria (Ley 230/1963, de 28 de diciembre) - Artículos 25, 77