SAP Valencia 100/2008, 12 de Marzo de 2008
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Frases clave
“ Por último en cuanto a los intereses del préstamo se dice únicamente en el recurso que "superan los límites establecidos en la Ley del Crédito al Consumo" y este Tribunal viene obligado a resolver el litigio en la alzada de acuerdo con el contenido de las alegaciones del recurso de apelación por imperativo del artículo 465-4 de la Ley Enjuiciamiento Civil. Pues bien el parco y escueto argumento debe rechazarse simplemente porque la Ley de Crédito al Consumo habla de intereses por descubierto en cuenta corriente, operación en nada semejante a la que es objeto y causa de la acción entablada. ”
Extracto
SAP Valencia 100/2008, 12 de Marzo de 2008
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Documentos citados
- Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero) - Artículos 207, 304, 398, 456, 465
- Código Civil - Artículo 1527