STS, 6 de Julio de 2011

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Resumen


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Frases clave


No hubo indefensión alguna para la parte, y, por tanto, carece de razón de ser el planteamiento que efectúa la defensa de los recurrentes. Se practicó cuanta prueba resultaba precisa para esclarecer si la infección que contrajo por dos ocasiones el recién nacido, una en julio, y otra algo más adelante en septiembre de 1986, fueron tratadas adecuadamente y respondían al modo en que el servicio debió prestarse. Y la denegación de las pruebas en que insistió que debieron practicarse en la instancia, y reiteró en casación, no eran trascendentes a los efectos del proceso, ya que con los datos que existían en la historia clínica y sobre todo con la prueba pericial practicada en el proceso, quedó patente que el servicio funcionó adecuadamente, por más que finalmente se produjera la infección por meningitis que no pudo evitarse. No está de más recordar que la prueba diagnóstica clave para la detección de la infección de meninges es la punción lumbar, y la practicada en 26 de septiembre del líquido cefaleoraquídeo dio como resultado que el mismo era estéril, y, sin embargo, dos días después, e iniciado ya el tratamiento con antibióticos idóneos para ello, dado el deterioro del pequeño, no se pudo impedir la infección.

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Extracto


STS, 6 de Julio de 2011

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