STS 595/2010, 7 de Octubre de 2010

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Frases clave


Como la liquidación y pago de las comisiones se había pactado con una periodicidad mensual, cumpliéndose así lo previsto en el art. 16 de la Ley del Contrato de Agencia, el plazo de prescripción aplicable, a falta del de tres años del art. 1967-1ª CC exactamente pertinente (STS 22-1-07 en rec. 5078/99 ) pero inaplicable ahora por esta Sala en virtud del principio de congruencia (STS 20-2-06 en rec. 2124/99 ), no era desde luego el general de quince años del art. 1964 CC, sino, a lo sumo, el más específico de cinco años del art. 1966-3ª del mismo Cuerpo legal.

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STS 595/2010, 7 de Octubre de 2010

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