STS 1257/2009, 2 de Diciembre de 2009

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Frases clave


Tiene declarado esta Sala, como es exponente la Sentencia 1607/2005, de 26 de diciembre, que el delito de blanqueo de capitales, cuando se trata del supuesto agravado de que los bienes estén relacionados con el tráfico de drogas, presupone la concurrencia de una pluralidad de indicios que como más determinantes suelen ser los siguientes: a) en primer lugar, un incremento inusual del patrimonio o el manejo de cantidades de dinero que por su elevada cantidad, dinámica de las transmisiones y tratarse de efectivo pongan de manifiesto operaciones extrañas a las prácticas comerciales ordinarias; b) en segundo lugar, la inexistencia de negocios lícitos que justifiquen el incremento patrimonial o las transmisiones dinerarias; y, c) en tercer lugar, la constatación de algún vínculo o conexión con actividades de tráfico de estupefacientes o con personas o grupos relacionados con las mismas.

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Extracto


STS 1257/2009, 2 de Diciembre de 2009

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