SAP Madrid 376/2005, 13 de Julio de 2005
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Resumen
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Frases clave
“ En definitiva nos hallamos ante el desarrollo de una idea no original (juego de la Oca). La originalidad radica en la materialización o adaptación de ese juego y en esta, es justo donde apreciamos las diferencias que excluyen el plagio por los demandados, esencialmente marcados por el público a que van destinados los programas en litigio y concursantes que intervienen en uno y otro, naturaleza radicalmente distinta de las pruebas del juego y premios obtenidos, así como el lugar en que se desarrollan. ”
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Extracto
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Documentos citados
- Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero) - Artículo 398
- Código Civil - Artículos 1, 4, 428, 429
- Ley de Propiedad Intelectual, Regularizando, Aclarando y Armonizando las Disposiciones legales vigentes sobre la Materia (Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril) - Artículos 10, 11, 12, 17, 48, 123