STS 2188/2002, 26 de Diciembre de 2002
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Frases clave
“ Por más que pudiera tener el acusado medios económicos para adquirir para su propio consumo esos gramos de cocaína, entendemos que la balanza, aunque ciertamente puedan utilizarla los compradores a la hora de adquirir la droga, sin embargo la experiencia nos indica que no es así. Estos elementos, utilizados para pesar pequeñs cantidades, son los vendedores quienes los usan. Y si a este dato unimos el hecho del hallazgo de esa agenda con las anotaciones referidas, las propias de un vendedor de droga que anota los datos de los compradores, es claro que no puede quedar duda alguna acerca de esa voluntad de transmisión a favor de terceros de esa droga que le fue intervenida al acusado, aunque parte de ella la tuviera destinada a su propio consumo.
”Extracto
STS 2188/2002, 26 de Diciembre de 2002
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Documentos citados
- Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero) - Artículo 386
- Constitución Española de 1978 - Artículos 2, 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 66, 368
- Código Civil
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5