STS 94/2005, 4 de Febrero de 2005

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Resumen


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Frases clave


Con referencia a la heroína, ha de tenerse en consideración esa cuantía para graduar la pena a imponer, pues es claro que no debe sancionarse lo mismo cuando se trata de un gramo que en un caso de trescientos, a partir de los cuales ha de aplicarse esa agravación que para los casos de notoria importancia prevé el art. 369.3º.

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Extracto


STS 94/2005, 4 de Febrero de 2005

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