STS 396/2000, 19 de Abril de 2000
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Resumen
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Frases clave
“ La veracidad intrínseca de los documentos públicos puede ser desvirtuada por prueba en contrario y que además dicha prueba no es superior a otras -sentencias de 15 de febrero de 1982, 14 de febrero y 27 de mayo de 1983, 10 de octubre de 1988, 30 de julio de 1993, 4 de febrero de 1994, 24 de enero y 8 de febrero de 1995 y 17 de marzo y 4 de septiembre de 1997-. Finalmente, el documento público no tiene prevalencia sobre otras pruebas y no basta para enervar la conjunta valoración probatoria, vinculando al Juez sobre el hecho de su otorgamiento y su fecha, dado que el resto del contenido puede ser sometido a apreciación con otras pruebas -sentencias, por todas, de 30 de septiembre y 27 de noviembre de 1985, 7 de julio de 1986 y 10 de octubre de 1988 y 30 de noviembre de 1995- y no alcanzan prevalencia sobre otras pruebas -sentencia de 6 de mayo de 1994-. ”
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Extracto
STS 396/2000, 19 de Abril de 2000
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Afectaciones
APLICA
Documentos citados
- Constitución Española de 1978
- Ley Hipotecaria (Decreto 8 de febrero de 1946) - Artículo 41
- Código Civil - Artículos 1096, 1098, 1101, 1102, 1124, 1132, 1134, 1135, 1218, 1225, 1228, 1253, 1256, 1258, 1961, 1969
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 4, 5
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 2, 3, 4, 359, 1692, 1715