STS, 20 de Diciembre de 2000
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Resumen
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Frases clave
“ aunque es cierto que esas sentencias se refieren a profesores de Religión de Bachillerato, ésta Sala se ha pronunciado, entre otras en sus sentencias del 19 de junio de 1996, recurso 2743/95, y 30 de abril de 1997, recurso 3561/96, así como en las más recientes del 24 de mayo de 2000, recurso 3076/99 y 27-4, 2,8,9 y 10 de junio del 2000, sobre la relación existente entre el Estado, Ministerio de Educación, y los profesores que prestan sus servicios en Centros Públicos de Enseñnza Primaria, llegando a la misma conclusión de existencia de la relación laboral de naturaleza temporal al tener la normativa reguladora el mismo origen, pues ambas derivan del acuerdo del Estado con la Santa Sede, sin que haya lugar a la imposición de costas por tener reconocido los recurrentes el beneficio de justicia gratuita. ”
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Extracto
STS, 20 de Diciembre de 2000
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Afectaciones
APLICA
- Constitución Española de 1978 - Artículos : 14
- Código Civil - Artículos : 4.1 6.4
Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 14, 94
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) - Artículos 3, 4, 8, 15
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículo 217
- Código Civil - Artículos 4, 6
- Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. - Artículo 93