STS 2200/2002, 27 de Diciembre de 2002
Enlazado como:
Resumen
No longer available (Autolink)
Frases clave
“ Así las cosas, no puede perderse de vista que lo que realmente se imputa al que recurre es haber omitido el aviso al conductor de la existencia de un peligro de sobrellenado que no habría concurrido -o lo habría hecho en muy inferior grado- de haber dispuesto él de esa información. Pues no cabe duda de que si hubiera contado con ella habría sabido que la operación que realizaba iba a tener sensible menor duración, con el resultado de un acortamiento del tiempo de espera y la consiguiente mayor cercanía del momento de más alto riesgo. La consecuencia del correcto análisis que de ese modo de actuar ha hecho la sala es poner a cargo del acusado el incumplimiento del deber de advertir al conductor fallecido de que la acción que realizaba no era de un llenado rutinario del tanque. Deber resultante de una máxima de experiencia que él indudablemente conocía, dada su función, y también de la precisa advertencia de la DIRECCION000 , que, obviamente, sólo podía tener la finalidad aludida.
”Ver el contenido completo de este documento
Extracto
STS 2200/2002, 27 de Diciembre de 2002
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Documentos citados
- Ley del Contrato de Seguro (Ley 50/1980, de 8 de octubre) - Artículos 20, 76
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 1, 2, 3, 109, 112, 113, 114, 115, 116, 117, 316, 317, 318, 621
- Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados (Ley 30/1995, de 8 de noviembre)
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 1, 2, 793, 849
- STS 514/2000, 21 de Marzo de 2000